CUMPLIMIENTO A LOS TURNOS
COMUNICADO DE
OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO A LOS TURNOS EN EL CENTRO
DE CONCILIACIÒN DE
LA USCO Y SUS CONVENIOS DE PRÀCTICAS
Se informa los
estudiantes de Conciliación I y II que los turnos asignados por el
Centro son de obligatorio cumplimiento, y por ende cualquier
inasistencia injustificada, o cualquier reposición del turno no
concertado con las directivas del Centro, tendrá un efecto negativo
en la apreciación de la nota. Por lo tanto, se informa a los
estudiantes que la inasistencia será justificada siempre y cuando
cumpla con:
- Que la inasistencia sea reportada en la Secretaría del Centro como mínimo un día de anterioridad al turno.
- Que sólo se tendrá justificada como inasistencia la que provenga de un impedimento médico debidamente justificado y convalidado por la oficina de bienestar universitario. En los demás casos la justificación de la inasistencia quedará a discreción de las directivas del Centro de Conciliación.
- El estudiante deberá por todos los medios posibles buscar un reemplazo al turno en que no puede asistir, en su defecto, y si así lo estima conveniente, las directivas del Centro de Conciliación le impondrán al estudiante una nueva fecha de turno o una actividad académica.
NOTA: Queda
terminantemente prohibido la recuperación de turnos de forma
unilateral por parte del estudiante sin consentimiento previo ni
aviso a las Directivas del Centro de Conciliación. Además, se
recuerda que la inasistencia a los turnos del Centro de Conciliación
no solo constituyen causal de baja nota sino además, la posibilidad
de falta a los deberes académicos y profesionales que podrían
constituir una posible falta de carácter disciplinario.
Firma el presente
comunicado
LEONEL SANONI
CHARRY ANDRES GOMEZ PERDOMO
Director Secretario
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