INSTRUCTIVO PARA AUDIENCIAS DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

INSTRUCTUCTIVO PARA LAS AUDIENCIAS DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1.       El estudiante – practicante deberá leer en su integridad la Ley 54 de 1990 por la cual se definen las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes.

2.       Asistencia puntual a las audiencias, ya que estas empezaran a partir de las 2 de la tarde en el Parque de los Niños, Local 4.

3.       Atención oportuna y respetuosa para los asistentes a la audiencia y para con los funcionarios de Comfamiliar.

4.       Cuando se estén  atendiendo a los solicitantes – usuarios   deben cerciorarse:

-          la solicitud de conciliación se encuentre debidamente diligenciada
-          La asistencia de ambas partes, compañero y compañera permanente (no se permite que asistan en representación de estos terceras personas)
-          Que las partes tengan documento de identificación (no se permite copia de la cedula), documentos que le practicante deberá solicitar una vez inicie la audiencia, para verificar la asistencia de las partes.
-          Al momento de diligenciar el acta de acuerdo conciliatorio por la cual se declara la existencia de la unión marital de hecho, se debe corroborar por parte del practicante que los datos, nombre, cedula, edad, ocupación, estrato socioeconómico y dirección de residencia se encuentre bien diligenciados, y no incurrir en errores.
-          Verificar documento que acredite que es población del SISBEN

5.       Una vez verificados los datos de las partes compañero  y compañera permanente, deberán explicarles en que consiste la audiencia que están llevando acabo, en que consiste la declaratoria de existencia de unión marital de hecho, y los efectos y alcances de la declaratoria y conformación de la sociedad patrimonial.

6.       Solicitar y verificar a los convocantes las pruebas necesarias – documentos soportes de la solicitud, recuerden que en estos casos deben los  solicitantes hacerles entrega de copia de la cedula de ciudadanía de ambas partes, copia de registro civil de los hijos si los tienen (nacidos dentro de la unión), y certificación del SISBEN o documento semejante.

7.       Una vez se realice la audiencia y elaboración del acta deben leerla a las partes con el fin de verificar datos e inconsistencias  para ser corregidas, importante verificar que estén bien redactados nombres y números de identificación.

8.       Una vez verificado que todo se encuentre en regla imprimir y hacer firmar de las partes, compañero y compañera permanente, ojo las actas deben estar firmadas.

9.       Una vez firmadas y terminada la jornada, se entregan al Centro de Conciliación para la firma de   la directora y registro al Ministerio de Justicia del Acta.

10.   Las actas se entregan una vez se registra, no pueden entregarse dentro de la jornada, salvo que se encuentre la directora y las firme ahí mismo.


Cualquier inquietud favor comunicarse al correo lu18950@hotmail.com / 3138003331

Secretaria 

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