INSTRUCTIVO PARA AUDIENCIAS DE UNIÓN MARITAL DE HECHO
INSTRUCTUCTIVO PARA LAS AUDIENCIAS DE UNIÓN MARITAL DE HECHO
1. El
estudiante – practicante deberá leer en su integridad la Ley 54 de 1990 por la
cual se definen las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre
compañeros permanentes.
2. Asistencia
puntual a las audiencias, ya que estas empezaran a partir de las 2 de la tarde
en el Parque de los Niños, Local 4.
3. Atención
oportuna y respetuosa para los asistentes a la audiencia y para con los
funcionarios de Comfamiliar.
4. Cuando
se estén atendiendo a los solicitantes –
usuarios deben cerciorarse:
-
la solicitud de conciliación se encuentre
debidamente diligenciada
-
La asistencia de ambas partes, compañero y compañera
permanente (no se permite que asistan en representación de estos terceras
personas)
-
Que las partes tengan documento de identificación
(no se permite copia de la cedula), documentos que le practicante deberá solicitar
una vez inicie la audiencia, para verificar la asistencia de las partes.
-
Al momento de diligenciar el acta de acuerdo conciliatorio
por la cual se declara la existencia de la unión marital de hecho, se debe
corroborar por parte del practicante que los datos, nombre, cedula, edad, ocupación,
estrato socioeconómico y dirección de residencia se encuentre bien
diligenciados, y no incurrir en errores.
-
Verificar documento que acredite que es población
del SISBEN
5. Una
vez verificados los datos de las partes compañero y compañera permanente, deberán explicarles en
que consiste la audiencia que están llevando acabo, en que consiste la declaratoria
de existencia de unión marital de hecho, y los efectos y alcances de la declaratoria
y conformación de la sociedad patrimonial.
6. Solicitar
y verificar a los convocantes las pruebas necesarias – documentos soportes de
la solicitud, recuerden que en estos casos deben los solicitantes hacerles entrega de copia de la
cedula de ciudadanía de ambas partes, copia de registro civil de los hijos si
los tienen (nacidos dentro de la unión), y certificación del SISBEN o documento
semejante.
7. Una
vez se realice la audiencia y elaboración del acta deben leerla a las partes
con el fin de verificar datos e inconsistencias
para ser corregidas, importante verificar que estén bien redactados
nombres y números de identificación.
8. Una
vez verificado que todo se encuentre en regla imprimir y hacer firmar de las
partes, compañero y compañera permanente, ojo las actas deben estar firmadas.
9. Una
vez firmadas y terminada la jornada, se entregan al Centro de Conciliación para
la firma de la directora y registro al Ministerio de
Justicia del Acta.
10. Las
actas se entregan una vez se registra, no pueden entregarse dentro de la
jornada, salvo que se encuentre la directora y las firme ahí mismo.
Cualquier inquietud favor comunicarse
al correo lu18950@hotmail.com /
3138003331
Secretaria
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